RESOLUCIÓN 006 – 2009
COMITÉ EJECUTIVO
(Septiembre 11 de 2009)

“Por medio del cual se hace aclaración al reglamento por deporte y normas generales de Participación de los XV juegos Nacionales de Servidores Públicos”
EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DEPORTIVA DE SERVIDORES PÚBLICOS AL SERVICIO DE LOS ENTES TERRITORIALES “CORDEMO”, en uso de sus atribuciones estatutarias y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos básicos de la Corporación “CORDEMO” es la realización de los Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos entre entes Territoriales de Colombia.

Que según el ARTICULO 26o. “FUNCIONES DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN:” literal h. Programar y promulgar las normas que regirán las competiciones y eventos deportivos. Se definieron los Reglamentos por Deporte y las Normas Generales de Participación de los XV juegos Nacionales de Servidores Públicos.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: En reglamento de la disciplina de Bolos numerales 1 y 2 rezan de la siguiente manera:

“Reglamento de Bolos
1. Los equipos estarán conformados por seis (6) jugadores y un jugador suplente por rama, el cual deberá estar inscrito previamente en otra disciplina en los juegos. La inscripción se gestionará en acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, ordinal a, b, c, d y e del capítulo VI de la Reglamentación General.

2. Se competirá en las ramas femenina y masculina en las siguientes modalidades y en el orden indicado: 1. sextas, 2. Ternas, 3. parejas, 4 parejas mixtas y 5. Individual. Cada modalidad se jugará en una sola jornada a 6 líneas seguidas, que dará como ganadores de las medallas de oro plata y bronce a los competidores que ocupen los tres primeros puestos. La sumatoria de los pines derribados en las cinco jornadas de juego dará la clasificación definitiva de la modalidad “todo evento” y será premiada en cada rama. También se premiara con medalla la mayor línea de juego en cada rama”.

Según la consideración anterior se modifica en las Normas Generales de participación, Articulo 7º. “El número máximo de participantes por delegación y deporte será:” en la cantidad de participantes en la disciplina de Bolos a 6 hombre y 6 damas.

ARTÍCULO SEGUNDO: Se aclara el texto del Reglamento de la disciplina de Voleibol Playa, que hace relación a: “1. El torneo de voleibol Playa, se realizará en categoría abierta en ambas ramas y mixta en caso de tener solo tres delegaciones inscritas, El número máximo de deportistas inscritos por delegación será dos (2) jugadores por rama y como máximo dos (2) equipos por delegación en mixto con un (1) suplente por equipo y jugara por el que no pueda participar (hombre o dama), el cual deberá estar inscrito previamente en otro deporte en los juegos. La inscripción se tramitará de acuerdo con dispuesto en el artículo 9, ordinal a, b, c, d y e del capítulo VI del Reglamento General”. Se determina la posibilidad de permitir el grupo mixto siempre y cuando no haya más de tres delegaciones inscritas, en caso de ser más de tres solo será masculino y femenino.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Medellín a los 11 días del mes de septiembre de 2009

JOAQUIN VALENCIA DIAZ

Presidente

RICARDO DIAZ FIERRO

Secretario

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